Es falsa la versión de Rospigliosi acerca de que Urresti no participó como coautor del homicidio del periodista Bustíos
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Por Gianella Tapullima

Verificación a Fernando Rospigliosi, congresista de Fuerza Popular

Es falsa la versión de Rospigliosi acerca de que Urresti no participó como coautor del homicidio del periodista Bustíos

Fecha de declaración: 9 de julio del 2025.
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Por Gianella Tapullima

Durante una entrevista televisiva, Fernando Rospigliosi, congresista de Fuerza Popular, fue consultado sobre el posible beneficio de la reciente “Ley de Amnistía” ―aprobada por la Comisión Permanente del Congreso― para exmilitares como Daniel Urresti, quien fue condenado a 12 años de cárcel por el asesinato del periodista Hugo Bustíos. 

Expresamente, Rospigliosi dijo lo siguiente: “[A Urresti] lo han acusado por autoría mediata, porque él no estuvo en el lugar de los hechos. Cosa que es más que discutible, habiendo transcurrido tanto tiempo sin que se le pudiera demostrar nada”. 

Sin embargo, tras revisar las sentencias del Poder Judicial y la Corte Suprema, la red AmaLlulla concluye que esta versión es falsa. 

En principio, el último 9 de julio, la Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó ―en segunda votación― la denominada “Ley de Amnistía” en favor de los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los Comités de Autodefensa que han sido denunciados, sentenciados o procesados por delitos cometidos en el periodo de violencia de 1980 y 2000. 

La iniciativa parlamentaria también propone amnistiar a militares y policías mayores de 70 años con sentencias firmes o en trámite. 

En ese contexto, se deslizó la posibilidad de que el exmilitar y excongresista de la república Daniel Urresti ―quien purga prisión por el asesinato del periodista Hugo Bustíos― se acoja a esta norma para conseguir su libertad. 

Como se ha documentado en un reportaje multimedia de OjoPúblico, el periodista Hugo Bustíos fue asesinado y acribillado por una patrulla militar en 1988, cuando realizaba una cobertura periodística en la zona conocida como Erapata, ubicada en la ciudad de Huanta, región de Ayacucho, epicentro del conflicto armado interno en el país. Bustíos iba acompañado del reportero Eduardo Rojas, quien resultó herido, pero sobrevivió al ataque. 

Contra lo afirmado por el congresista Rospigliosi, si bien en un primer juicio, Urresti fue acusado como autor mediato del homicidio del periodista Bustíos, dicha imputación varió a coautor en un segundo juicio que terminó por condenarlo a 12 años de prisión, decisión que fue ratificada por la Corte Suprema en el 2024. Así lo explicamos a continuación: 

En abril del 2023, la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria del Poder Judicial sentenció a 12 años de pena privativa de la libertad a Daniel Urresti, como coautor del asesinato de Bustíos y la tentativa de asesinato de Rojas.  

Tras analizar las pruebas orales y documentales expuestas a lo largo del juicio, los jueces establecieron que ―en su calidad de jefe del batallón de Inteligencia y Contrainteligencia de la base militar de Castropampa―, Urresti sí participó del crimen junto a otros tres militares que atacaron con disparos a los dos periodistas y, luego, ultimaron a Bustíos tras colocarle un artefacto explosivo en el cuerpo. 

Con esa base, al existir un plan y ejecución conjunta del crimen, los jueces establecieron que Urresti calificaba como coautor del asesinato del periodista.  

“[...] se establece que el acusado Daniel Belisario Urresti Elera, el veinticuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho en hora de la mañana [entre las once y treinta y doce horas del día] en el lugar denominado Erapata, del distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, atacó conjuntamente con el conocido como Johnny Zapata Acuña [fallecido], del lado o flanco derecho y del lado о flanco izquierdo por el condenado Amador Armando Vidal Sanbento y otr[a] persona no identificada, atacaron con disparos de arma de fuego hiriendo mortalmente a Hugo Bustios Saavedra y Eduardo Yeny Rojas Arce”, se lee en la sentencia condenatoria.  

De manera más específica, los jueces describen la actuación y coordinación que ejercieron los exmilitares acusados, de la siguiente manera: 

“[...] los intervinientes Daniel Belisario Urresti Elera, Johnny José Zapata Acuña [fallecido], Amador Armando Vidal Sanbento [condenado], tenían y actuaron bajo un plan conjunto, al trasladarse en un vehículo militar desde el cuartel de Castropampa, hasta Erapata, ubicándose en ambos flancos disparar con armas de fuego para asegurar la ejecución de Hugo Bustios Saavedra y herir a Rojas Arce”. 

De lo anterior, el tribunal explicó que un coautor ejerce su rol en el marco del plan conjunto, “lo hacen él ‘por todos y todos a través de él’”. 

“El acusado Daniel Urresti Elera, no realizó solo los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal, sino fue conjuntamente con los otros coautores bajo un plan común”, determinó la sentencia.

Consultado para esta verificación, Hernán Barrenechea, abogado de los deudos de Bustíos en el juicio, coincidió en que la coautoría se configura cuando un grupo de personas cometen un delito bajo un plan, repartiéndose roles y tareas para llevar a cabo el objetivo. 

Posteriormente, en julio del 2024, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ratificó dicha sentencia condenatoria contra Urresti, luego de que presentara un recurso de nulidad que fue finalmente desestimado. 

El supremo tribunal revisó los actuados que reúnen la versión de varios testigos presenciales que, desde distintos lugares, observaron cómo fueron atacados los agraviados por varios efectivos militares vestidos de civil (polo blanco y pantalón jean), quienes habían descendido de un camión. 

Una de las testigos principales fue Ysabel Rodríguez Chipana, quien declaró haber presenciado los hechos durante el juicio oral. 

“[...] esta testigo presencial, ante el Colegiado superior, en todo momento señaló el lugar, tiempo y circunstancias de cómo se suscitaron los hechos, atribuyéndole al recurrente ser uno de los autores directos de este ilícito, cuando este era el militar conocido como Capitán Arturo; sobrenombre que el propio encausado admitió haber tenido en 1988”. 

Por tanto, los jueces de la Corte Suprema determinaron que la “sindicación incriminatoria” de Rodríguez Chipana cumple con los criterios de “ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia”, las cuales califican como una garantía de certeza establecida en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. 

“Por tanto, por lo que se ha generado un estado de convicción con bases objetivas y contundentes, respecto a la culpabilidad del acusado, basadas en una lógica racional, precisa y directa [...]. En consecuencia, se debe mantener su condena”, ratificó el supremo tribunal. 

De hecho, los jueces advirtieron de que “los cuestionamientos y argumentos de descargo” de Urresti “no tienen sustento alguno como para modificar la situación jurídica del recurrente, cuya culpabilidad fue construida judicialmente con pruebas suficientes”.

Y que los supuestos agravios esgrimidos por la defensa de Urresti “constituyen únicamente argumentos de defensa sin el debido sustento, obviamente con la finalidad de evadir su responsabilidad penal”.

Cabe precisar que las dos últimas sentencias descritas en líneas anteriores se emitieron luego de que la Corte Suprema ordenara un nuevo juicio contra Urresti, pues en el 2018 había sido absuelto del caso Bustíos. En ese entonces, se le acusó como autor mediato del crimen. Sin embargo, en el nuevo juicio que empezó en el 2020, dicha imputación cambió por la de autor directo del homicidio del periodista en el proceso judicial. 

Esta variación de cargos se fundamentó en las declaraciones de la testigo presencial de los hechos, Ysabel Rodríguez Chipana, quien señaló a Urresti como uno de los perpetradores del ataque contra los periodistas Bustíos y Eduardo Rojas. 

No obstante, en la última sentencia del 2024 que condenó a Urresti, se concluyó finalmente que “el grado de intervención delictiva [...] tanto subjetiva como objetivamente es a título de coautor”.

AmaLlulla intentó contactar al congresista Rospigliosi, a través de redes sociales y el área de prensa de su despacho congresal. Sin embargo, al cierre de esta verificación, no hubo respuesta. 

En función de lo expuesto, la red AmaLlulla concluye que es falsa la versión del congresista Fernando Rospigliosi acerca de que no se ha demostrado que Daniel Urresti participó como coautor del homicidio del periodista Hugo Bustíos. 

 

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