FALLO. Cuatro inmuebles vinculados a la red de Artemio podrían ser devueltos a sus dueños si se aplica la sentencia del TC, denunció la Fiscalía.

Fallo del TC favorece la devolución de inmuebles a sentenciados de la red del narcoterrorista ‘Artemio’

Fallo del TC favorece la devolución de inmuebles a sentenciados de la red del narcoterrorista ‘Artemio’

FALLO. Cuatro inmuebles vinculados a la red de Artemio podrían ser devueltos a sus dueños si se aplica la sentencia del TC, denunció la Fiscalía.

Composición: OjoPúblico / Fiorella Gallardo

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia sobre extinción de dominio que abre la posibilidad de que el Estado se vea en la obligación de devolver inmuebles ilícitos a procesados por graves delitos, como terrorismo, tráfico ilícito de drogas y lavado de activos. Entre los posibles beneficiados destacan cuatro sentenciados de la red narcoterrorista de “Artemio”, cabecilla de Sendero Luminoso. Sus cuatro inmuebles y otros en investigación están valorizados, en conjunto, en más de S/3 millones.

24 Agosto, 2025

A 10 minutos de la Municipalidad de Los Olivos, en el distrito de San Martín de Porres, hay un edificio de cuatro pisos, con azotea y fachada revestida en mayólicas verdes. No es llamativo ni lujoso, pero está valorizado en más de S/1,8 millones y, según las autoridades, fue adquirido en 2001 con dinero del narcotráfico. 

Hace un año, en el primer piso de este inmueble ubicado en la avenida Daniel Alcides Carrión —una zona de clase media llena de comercios—, funcionaba un restaurante y una guardería. En una época, también fue utilizado para alquiler de hospedaje al paso. Ahora, en cambio, luce deshabitado: está en poder del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi). 

Sus últimos dueños, Hermelinda Salvador y Diego Jaime Poma Mayta, fueron sentenciados por lavado de activos y terrorismo, en 2017. Las investigaciones revelaron que se dedicaban al tráfico ilícito de drogas y que, con esa actividad, financiaban a la facción de Sendero Luminoso liderada por Florentino Eleuterio Flores Hala, conocido como Artemio, en el Huallaga, según atestados policiales e información fiscal. 

Mucho más al norte, en el Asentamiento Humano Los Cedros, en el distrito de Ventanilla, en el Callao, las autoridades también tomaron control de dos casas y un terreno, todos muy cercanos entre sí y con un origen común. 

A 10 minutos de la Municipalidad de Los Olivos hay un edificio que, según la Fiscalía, fue adquirido con dinero ilícito".

La primera vivienda, de una planta y material noble, se ubica en la Mz D2 Lote 1. La otra, también de material noble, pero de dos pisos y fachada revestida con mayólica beige está en la misma manzana, en el lote 34. El terreno está en la Mz F2 lote 32. Todos los inmuebles, adquiridos entre 2006 y 2008, están vinculados a Yessica Consuelo Mariluz Martinez, quien fue pareja de “Artemio” y, en conjunto, tienen un valor de S/983.403.

De acuerdo a las investigaciones de la Fiscalía y a la sentencia contra Flores Hala de 2013, el líder de Sendero Luminoso enviaba dinero del narcotráfico a Yessica Mariluz Martínez —con quien tuvo una hija, en 2006— para lavarlo, a través de la compra de inmuebles. Para eso, la mujer contó con el apoyo de su primo, José Samuel Villanueva Mariluz. Ambos fueron sentenciados en 2017. 

Según esa sentencia y el libro Artemio, la cacería del último cabecilla de Sendero Luminoso, del coronel en retiro Harvey Colchado, hay abundante material probatorio, especialmente transcripciones de interceptaciones telefónicas, que demuestra el vínculo sentimental entre “Artemio” y la mujer, a la cual la Policía llamaba con el alias “Yessica”.

Además de las escuchas telefónicas, la Policía obtuvo información de colaboradores eficaces. Estos confirmaron que “Artemio” le entregaba dinero a ella y a su primo para adquirir y construir inmuebles. 

CAPTURA. Florindo Eleuterio Flores Hala, conocido como "Artemio”, fue capturado en 2012, durante el Gobierno de Ollanta Humala.
Foto: Andina / archivo

 

Las cuatro propiedades están judicializadas en el marco de un proceso de extinción de dominio, a la espera de que un juez confirme su ilicitud y, de ser así, pasen al Estado de manera definitiva. Por ahora, solo tienen una medida cautelar de inhibición. En otras palabras, están bajo control del Pronabi y no califican para ningún traspaso registral. 

Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre extinción de dominio —figura legal que permite al Estado incautar bienes adquiridos o utilizados ilegalmente— puede frustrar el proceso. Allí, los magistrados señalaron, en palabras sencillas, que no se puede aplicar la extinción de dominio a casos anteriores a la entrada en vigor de la norma que crea la herramienta. Es decir, el 2018, cuando se aprobó el Decreto Legislativo 1373

“La decisión del TC abre la puerta para la legitimación de los bienes ilícitos. Aquello que es ilícito, el tiempo no lo puede legitimar, sería como un lavado de activos encubierto”, dijo Liliana Meza Quito, procuradora de lavado de activos, a OjoPúblico.

Además de las viviendas mencionadas —que se encuentran en un proceso judicial—, las fiscalías de extinción de dominio trabajan en la búsqueda de mayores pruebas sobre otros bienes, valorizados en más de S/291.000, que también estarían vinculados a la red de “Artemio”. Estos casos, aún en etapas iniciales de investigación, también se verían frustrados con la decisión del TC, según fuentes del Ministerio Público. 

Según la Fiscalía, 'Artemio' enviaba dinero a Yessica Mariluz para lavar dinero del narcotráfico por medio de la compra de inmuebles".

“Diversos casos, incluyendo los de terrorismo, que tienen financiamiento del narcotráfico, también se van a ver afectados por la sentencia”, explicó la expresidenta del TC Marianella Ledesma. 

Tanto el coordinador de la fiscalías de extinción de dominio, Mirko Cano, como la procuradora de la misma especialidad, Liliana Meza, han indicado que el artículo 204 de la Constitución establece que no se puede aplicar una sentencia de inconstitucionalidad de manera retroactiva. Según explicaron, los jueces tendrán la última palabra sobre la interpretación que se dé al fallo del TC. 

 

Artemio: responsable de 550 atentados

La mañana del 12 de febrero de 2012, la División de Investigaciones Especiales de la Dirección Antidrogas (Dirandro) de la Policía y miembros del Ejército capturaron al cabecilla del grupo terrorista Sendero Luminoso Florindo Eleuterio Flores Hala, conocido como "Artemio”. 

Las autoridades le imputan el liderazgo de más de 500 atentados, que dejaron alrededor de 1.000 muertos, entre policías, civiles y militares, principalmente en la zona del Huallaga, en la selva central del Perú. 

“Artemio” cumple cadena perpetua en la Base Naval, en el Callao, junto a la cúpula de Sendero Luminoso, organización subversiva y terrorista, que desencadenó un conflicto armado contra el Estado y la sociedad peruana, según la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR)

Además de acciones terroristas, las investigaciones revelaron que “Artemio” amasó dinero del narcotráfico, no solo para financiar a su agrupación, sino también para aumentar su fortuna personal. Durante seis años, entre 2006 y 2012, la Policía realizó diversos operativos en los que capturó a financistas, testaferros y mandos militares que servían a Flores Hala. 

Artemio cumple cadena perpetua en la Base Naval, en el Callao, junto a la cúpula de Sendero Luminoso"

La red de “Artemio” en el Huallaga era el grupo que más dinero proveía al comité central de Sendero Luminoso, liderado por Abimael Guzmán, fallecido en la cárcel en 2021. El dinero era utilizado para financiar actividades terroristas en diversas partes del país, según información validada por el Poder Judicial en la sentencia contra Flores Hala, de 2013.

Luego de la entrada en vigor de la norma que regula la extinción de dominio, la Fiscalía inició procesos contra varios bienes vinculados a la red de “Artemio” que no habían sido decomisados en procesos penales. Entre ellos, los cuatro inmuebles de Lima detallados previamente.

En la sentencia contra el excabecilla terrorista en el Huallaga, por ejemplo, se mencionan dos de esas viviendas —vinculadas a la familia Mariluz Martínez—. Luego, tras profundizar la investigación en sus bienes, la Fiscalía identificó el terreno que se encuentra en la misma zona.

La cuarta propiedad en control de las autoridades es el edificio de mayólicas verdes. Este se ubica en la Mz F Lote 18 de la Urbanización Asociación de Vivienda San Francisco de Cayran, en el distrito limeño de San Martín de Porres, y estaba a nombre del hijo de Diego Jaime Poma Mayta y Hermelinda Salvador Rojas.

CONTACTOS. Flores Hala le enviaba dinero a Yessica Mariluz Martínez y otras personas de su entorno para lavar dinero del narcotráfico. 
Captura: Poder Judicial

 

SAN MARTIN DE PORRES. Solo una de las propiedades de la red de "Artemio" está valorizada en S/1,8 millones. 
Foto: OjoPúblico / Abel Cárdenas
 

Según el atestado policial de la operación Eclipse —que permitió la captura de “Artemio” y sus operadores, y al que OjoPúblico tuvo acceso—, Poma Mayta y Salvador Rojas se dedicaban al tráfico de drogas en el valle El Monzón, en el margen izquierdo del río Huallaga. Con las ganancias, ayudaban a financiar al comité de Sendero Luminoso en la zona. Ahora, el Poder Judicial debe decidir si los bienes pasan definitivamente a manos del Estado o regresan a sus dueños. 

El pasado 5 de agosto, durante una conferencia de prensa, el fiscal adjunto supremo Mirko Cano Gamero detalló, que, hasta entonces, más del 90 % de los bienes incautados por las fiscalías de extinción de dominio estaban vinculados a delitos comprobados. El Poder Judicial, mientras tanto, precisó que el 82,2% de los casos resueltos por extinción de dominio no fueron apelados ni cuestionados por los investigados. 

 

Limitaciones para la extinción de dominio

Uno de los aspectos más controversiales de la sentencia del TC, según especialistas consultados por OjoPúblico, es que prohíbe la aplicación de la extinción para hechos previos a 2018. 

Esto, de acuerdo a la argumentación de los magistrados del TC Luz Pacheco, Helder Domínguez, César Ochoa, Francisco Morales y Pedro Hernández se debe a que la Constitución no permite la retroactividad y que esta solo es posible si favorece al reo. También argumentaron que la aplicación retroactiva dejaría abierta la posibilidad de que personas que adquirieron un bien se vean perjudicadas por hechos cometidos por los dueños anteriores. 

Manuel Monteagudo, magistrado del TC que votó en discordia a la mayoría de sus colegas, sostuvo que se está tratando de validar bienes ilícitos por un criterio de temporalidad: “Se plantea que, por el paso del tiempo, determinados bienes, a pesar de estar vinculados a actividades ilícitas o delictivas, adquieren protección constitucional a través del derecho de propiedad y, en consecuencia, quedan librados de ser objeto de extinción de dominio”. 

El fiscal de extinción de dominio Roger Solano se mostró critico con la interpretación de los magistrados: “Estos bienes quedarán legalizados (...), eso permitiría la sentencia del TC”, dijo durante una conferencia de prensa de inicios de agosto.

La sentencia del TC prohíbe la aplicación de la extinción de dominio para casos anteriores al 2018".

La procuradora Liliana Meza Quito, mientras tanto, aseguró que ya existen procesados que, tras la sentencia, han solicitado el archivo y el levantamiento de la incautación de bienes. “Nos preocupa porque las defensas están señalando que el TC ya indicó que la ley [de extinción de dominio] no puede aplicarse de manera retroactiva”, dijo a OjoPúblico. 

Marianella Ledesma, expresidenta del TC, también cuestionó que el tribunal exija repercusiones para hechos anteriores a la misma. “La regla general es que las sentencias de inconstitucionalidad rigen hacia adelante y sin efectos retroactivos”, explicó.

Otra de las preocupaciones de la procuradora Liliana Meza Quito es un considerando de la sentencia, donde se establece que solo se puede aplicar la extinción de dominio para bienes vinculados a organizaciones criminales. Esta postura, remarcó, deja afuera bienes obtenidos, por ejemplo, por la corrupción. 

“No se ha hecho mención a los delitos de corrupción. No se toma en cuenta que todos los casos de corrupción no se dan en el marco de la criminalidad organizada. Entonces, aquellas personas que, de manera individual, generen ganancias ilícitas, quedarían fuera del ámbito de aplicación de la extinción de dominio”, dijo. 

FALLO. Sentenciados y procesados por diversos delitos han empezado a solicitar la devolución de sus bienes tras la sentencia del TC.
Foto: Tribunal Constitucional
 

Intervención legislativa

Tres meses antes de la emisión de la sentencia del TC, la presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley 32326, que ya había modificado de manera drástica a la norma que creó la extinción de dominio. Entre sus principales cambios, estableció que solo se podía aplicar este mecanismo a algunos delitos, considerados graves.

La norma específica que solo se podrá extinguir bienes relacionados a delitos contra la administración pública, contra el medioambiente, tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, lavado de activos, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal, estafa y delitos informáticos contra el patrimonio. Actualmente, esta ley se encuentra en el TC, pendiente de la resolución de una demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ministerio Público.

Sin embargo, algunos de sus alcances fueron considerados en la reciente sentencia del TC. La misma señala, por ejemplo, que la extinción de dominio puede aplicarse para “algunos delitos graves que decida el legislador”. Por eso, exigió a la Fiscalía y al Poder Judicial que archiven todos los procesos vinculados a delitos exceptuados en la última modificatoria del Congreso y a procesos que no sean penales. 

Ese mandato corresponde a los casos posteriores a 2018, pues de acuerdo a los magistrados del TC, la aplicación de la extinción de dominio no se puede aplicar para ningun delito antes de esa fecha.

El Ministerio Público informó que 762 investigaciones fiscales sobre extinción de dominio se verán afectadas por la sentencia del TC".

Además, la ley establece que, para los delitos de corrupción y lavado de activos —ilícitos donde se ha visto a más políticos involucrados—, será necesaria una sentencia condenatoria previa. Para los demás delitos, no será requisito ningún fallo anterior. 

En febrero último, Manuel Luján Túpez, coordinador del Subsistema de Extinción de Dominio de la Corte Suprema, indicó que, con la modificación de la extinción de dominio, “más de 5.000 procesos, la mayoría vinculados a casos de corrupción, quedarían en total impunidad”. Desde el Poder Judicial informaron, asimismo, que, entre 2019 y el primer trimestre de 2025, se recuperaron más de S/172,6 millones a través del mecanismo. 

OjoPúblico solicitó una entrevista con un representante del TC en el marco de este informe. El área de prensa señaló que solo podría dar declaraciones el ponente del caso, el magistrado Helder Domínguez. Sin embargo, hasta el cierre de edición, no se concretó. Aunque este medio intentó comunicarse directamente con Domínguez a través de su correo electrónico, tampoco hubo respuesta. 

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